N ° 46
Buenos Aires, diciembre 03 de 1999.-
Juan Pablo Cafiero, Alfredo Bravo, Graciela Fernández Meijide entre otros hace algunos meses firmaron una carta en su carácter de Diputados Nacionales en apoyo de la ETA. Grupo terrorista que esta semana volvió a anunciar una ofensiva terrorista. Estos diputados, junto a otros se encargaron de bloquear la jura del Diputado Antonio Domingo Bussi.
Dicen que Bussi no puede asumir por cuestiones morales. Porque es un represor y genocida, que no declaro cuentas y bienes, etc. No parece que ellos tengan mucha autoridad moral para juzgar a quien su pueblo voto, ellos que apoyan la ETA pretenden juzgar el voto popular emitido libre y democráticamente a favor de Bussi.
Aún más grave es que un grupo de dirigentes políticos pretenda decidir cuando el pueblo vota bien y cuando no. A Bussi, como a Patti, Aldo Rico entre otros, etc. como durante años al peronismo, los persiguen porque el pueblo los vota. Como ganan elecciones se recurre a la proscripción. Lo hicieron durante casi 20 años con el peronismo y terminamos con una generación que fue llevada al terrorismo y la guerrilla.
Y los políticos pidiendo el estado de sitio y la declaración del estado de guerra interno en el Congreso, ordenando a las Fuerzas Armadas la represión de la guerrilla hasta su total aniquilamiento. Al entonces General de División, Antonio Domingo Bussi le fue ordenado hacerse cargo del frente tucumano en el conocido “operativo independencia” en 1975. Durante un gobierno democrático.
Luego en la década del ’80 los propios radicales votaron las leyes de ‘Obediencia Debida y Punto Final’. Leyes que si Bussi cometió delitos lo eximieron de ser juzgados. ¿Pueden tener ética y moral para ser diputados o senadores quienes votaron las leyes que impidieron juzgar ‘genocidas’? Porque si eran genocidas, ellos los protegieron con su voto de las leyes citadas. Habrían hecho un acto de encubrimiento mediante un mecanismo legal.
¿Es ético que muchos ex funcionarios se refugiaran en el Congreso para evitar la persecución judicial sobre sus actos? Así sucedió entre otros, por ejemplo, con Aníbal Reynaldo en 1987, con Dante Caputo en 1989.
¿Es ético que por otro lado hayan aprobado ese mismo día la jura del Diputado Castañón de Acción por la República que se halla procesado por malversación de caudales públicos en ENCoTeSA?
¿Es ético que quienes fueron montoneros, guerrilleros o inútiles en pacificar un país sin recurrir a las fuerzas armadas ahora decidan que “el pueblo votó mal”?
¿Es ético que Dario Alessandro del Frepaso sea diputado y califique al gobierno de Menem como corrupto, cuando él ha sido calificado como responsable de una quiebra ‘fraudulenta’?
En un país donde no se condena a casi nadie por sus delitos, y casi jamás a un ‘periodista’, ¿es ético que Luis Majul en el programa de Mariano Grondona llame torturadores a Patti, Bussi y Rico cuando está condenado por calumnias e injurias?
Este proceder de algunos Diputados en contra de Bussi es un tema de principios democráticos y republicanos. Si hoy pueden decidir que el pueblo vota mal y pasarse al cuarto la Constitución Nacional, mañana vendrán por nuestros derechos. Lo que hoy le hacen a Bussi, mañana se animarán a hacérnoslo a cualquier otro, o a todos. Así empezaron muchas dictaduras.
Estas políticas generaron violencia que luego los políticos (también otros) pretendieron que se las resolvieran los militares.
Si se cumpliera la Constitución Nacional casi todos los legisladores deberían ser expulsados por “inhabilidad moral sobreviniente”. Porque votan leyes confiscatorias, porque nos roban nuestra propiedad aun cuando lo hagan mediante “leyes formalmente válidas”. Robar es una inmoralidad aunque la hagan para otros, como hicieron con nuestros autos al votar el llamado Fondo de Incentivo Docente.
Constitucionalmente lo que hicieron demuestra que no están capacitados para ejercer sus cargos, ya que violan la misma Constitución que juraron cumplir. La Constitución dispone con claridad que las Cámaras de Diputados y Senadores son jueces de los títulos de sus miembros en cuanto a su validez. Y ello es así justamente para evitar que una mayoría cualquiera impida a otros representantes elegidos por el pueblo ejercer sus cargos.
Es una norma trascendental en cuanto a asegurar que las minorías puedan ejercer los cargos para los que el pueblo los voto.
Además la Constitución Nacional dispone expresamente cuales son los requisitos para ser Diputado Nacional en su artículo 48: “tener más de 25 años, 4 años de ciudadanía en ejercicio y ser natural de la provincia que lo elija o con 2 años de residencia en la misma”. Nadie puede válidamente poner más requisitos que la Constitución Nacional.
El acto de los Diputados contra Bussi es un acto contra la Constitución, es un acto nulo de nulidad insanable.
La disposición invocada del art. 66 de la Constitución se refiere a “la incapacidad o inhabilidad moral sobreviniente”. Aplicarla antes significa violar el principio de legalidad y quebrar el derecho de defensa, es un abuso de autoridad. No tenían potestad para hacerlo. E inclusive los mismos tratdos sobre derechos humanos invocados establecen la irretroactividad como una garantía, por lo tanto ni siquiera bajo los tratados invocados pueden hacer lo que pretenden.
Esta decisión de un grupo de Diputados Nacionales es un grave antecedente y peligro para nuestra república. No se trata de la personalidad y los antecedentes de Antonio Domingo Bussi, se está avasallando el voto del pueblo y la legalidad de nuestra Constitución.
Nuestro Congreso está acostumbrado a hacerlo, las más de las veces contra el derecho de propiedad de los ciudadanos, ahora además quieren decidir cuando votamos bien o mal. No tienen derecho, ni jurisdicción para ello.