Artículo de "Argentina Days" - Propietario y Director: Santiago Manuel Lozano

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N ° 07/2005 - Año 6º

Buenos Aires, mayo 26 de 2005.-

IMPUNIDAD, PERO DE LOS JUECES

Se ha instalado desde algunos medios de comunicación desde el gobierno de Carlos Menem que la justicia federal servía para garantizar la impunidad del menemismo. A casi 6 años de haber dejado la Presidencia de la Nación Carlos Menem como muchos de sus ex funcionarios, en especial aquellos señalados como “emblemáticos” por la Alianza UCR-Frepaso. ¿Recuerdas esto don Frenando de la Duda? Es que la dupla de la Rua y Chacho Álvarez asumieron con una agenda de “presos” aunque hoy el primero se queje de ser un perseguido político acosado judicialmente. Haría bien en primero denunciar su error, haberse comprado la agenda de persecución que tenía el Frepaso que hoy milita con Kirchner.

Volviendo a la cuestión de la impunidad en las últimas semanas el dictador Néstor Kirchner ha reavivado la presión para poner presa gente por conveniencias políticas y oportunistas sin importarle la ley. El argumento se basa en la supuesta impunidad de los ex funcionarios menemistas.

Solo de los ex, los que aún son funcionarios, hoy kirchneristas, como su jefe de gabinete, Alberto Fernández o su vicejefe de gabinete, Juan Carlos Pezoa entre tantos travestidos de la política argentina, ni siquiera políticamente les reclaman haber contribuido a ese supuesto desastre que denuncian cada día.

Kirchner utilizó la liberación de María Julia Alsogaray para hablar de la impunidad pero extrañamente ella fue denunciada de haberse “enriquecido en forma ilícita en 1993” y en los restantes seis años de gobierno de Carlos Menem no solo no logro ser sobreseída sino que ni siquiera logró evitar la llamada “excursión de pesca”. Es decir investigar una persona para ver que delitos se le pueden acusar, algo que viola toda garantía constitucional. Tampoco lo logró el jefe de la impunidad que se grita, el mismo Carlos Menem de quien además la excursión de pesca se extiende a los “posibles testaferros”.

Pero Kirchner y la zarina, Kristina en cambio han logrado que el juez Erkolini sí les cierre la investigación por enriquecimiento ilícito a las pocas semanas de haber asumido el cargo. Para ellos no hubo, ni habrá excursión de pesca, ni investigación del injustificable aumento del patrimonio de sus hijos, chóferes personales (que ante un juez santacruceño alegaron que sus plazos fijos millonarios en dólares eran del “jefe”, véase “Kirchner el amo del feudo” de Daniel O. Gatti), ni de sus posibles testaferros. Para ellos hubo sobreseimiento veloz, pero es un caso que huele a impunidad total.  

Hay impunidad cuando el jefe de las milicias kirchneristas Luis D’Elia y sus guard de corps toman por asalto una comisaría de la Policía Federal, la destrozan, mantienen la usurpación durante horas y en lugar de dejar actuar a los jueces y fiscales el Presidente de la Nación, su jefe de Gabinete y demás funcionarios le dan respaldo y cobertura política al sostener que su Ernst Röhm evito un mal mayor, y un año más tarde continúa entre sus invitados e interlocutores.

Pero volviendo al “apriete” discursivo de Kirchner por la liberación de María Julia Alsogaray me volvió a la cabeza mi vieja teoría que más que impunidad lo que hay es un sistema de rehenes en los juzgados federales de Buenos Aires. Y en este juego están incluidos los camaristas federales. Requiere una pequeña explicación pero el caso de la prisión preventiva de María julia Alsogaray que dispuso Canicota Corral es un ejemplo claro de cómo funciona el sistema de rehenes, y porque no, de extorsiones que la radio pasillo que grita por el edificio de Comodoro PY.

El artículo 207 del Código procesal Penal de la Nación dispone “La instrucción deberá practicarse en el término de 4 meses a contar de la indagatoria. Si ese término resultare insuficiente, el juez solicitará prórroga a la Cámara de Apelaciones, la que podrá acordarla hasta por 2 meses más, según las causas de la demora y la naturaleza de la investigación. Sin embargo en los casos de suma gravedad y de muy difícil investigación, la prórroga otorgada podrá exceder excepcionalmente dicho plazo.”

El plazo debe ser bastante razonable ya que hace años fue fijado y nadie ha propuesto modificarlo para alargarlo. Y piense cada uno de nosotros si fuéramos sometidos a una denuncia penal, si 6 meses de su honra, buen nombre, honor e inseguridad anímica serían poco o mucho tiempo.

María Julia Alsogaray presto declaración indagatoria hace varios años, fines del año 2000 o comienzos del 2001 en la causa por la cual Canicota Corral la privó de su libertad en agosto del año 2003. Años antes, no semanas o meses y Canicota Corral ni siquiera había dictado su procesamiento o falta de mérito (para lo cual el Código le fija 10 días luego de la indagatoria). Llevaba en prisión preventiva 21 meses, es decir solo en prisión estuvo casi cuatro veces el plazo que “por excepción se puede prorrogar” y más de un 500% del plazo normal para cerrar la investigación con sobreseimiento o elevarla a juicio oral.

En ese plazo Canicota Corral no elevo la investigación a juicio hasta que fue inminente su liberación, hace unas pocas semanas. ¿Quién ha incumplido la ley y sus obligaciones, qué justicia se puede esperar cuando son los jueces quienes violan e incumplen las leyes a sus antojo, o conforme las necesidades políticas del gobierno de turno?

Casos como el de María Julia Alsogaray llenan los despachos judiciales federales de Comodoro Py. Los jueces federales, todos sin excepción están obligados a cumplir con los plazos que fija el Código Procesal. Si tuvieran elementos para elevar a juicio oral las investigaciones y no lo hacen estarían cometiendo varios delitos, que van desde el encubrimiento al incumplimiento de sus deberes como funcionarios públicos.

Y no se trata que comiencen a elevar todo a juicio oral porque si no tuvieron elementos hasta ahora no hay razón para elevar lo que hasta hoy no tenia esa entidad. ¿O estaban cometiendo delitos como los relatados, o estaban como se dice en los pasillos haciendo caja para no mandar a juicio aquellos casos donde hay pruebas suficientes como para sospechar fundadamente la comisión de delitos?

El incumplimiento de los plazos que la ley fija en el artículo transcripto más arriba hace sospechar que más que impunidad lo que existe una forma de mantener de rehenes a quienes la política convierte en casos “emblemáticos” de odio popular.

Han pasado más de cinco años y medio desde que Carlos Menem dejó el gobierno nacional, han pasado años desde muchas indagatorias de quienes se decidió eran “emblemáticos” y los jueces no han encontrado como fundar, probar que hayan cometido delitos pero las investigaciones siguen abiertas. No hay gravedad, ni dificultad que pueda justificar semejante estiramiento de los plazos que la ley les ordena a esos jueces, ni resulta razonable que la excepcionalidad de la prórroga llegue al 500% y más del plazo que fija la ley. Eso es aceptar que los jueces puedan convertir a todos los ciudadanos en sus rehenes, que se pasen la ley al cuarto cuando les conviene o promuevan investigaciones para quedar bien con los medios y la corriente política que les conviene.

Eso no es impunidad de los ex funcionarios, sino arbitrariedad e impunidad de los jueces. Y en el caso específico de María Julia Alsogaray más que cuestionar su liberación habría que reclamar la injusta, y probablemente ilegal, privación de su libertad dispuesta por Canicota Corral. Porque cuando se libero a María Julia Alsogaray hacía ya mucho tiempo que según la ley la investigación debió haberse cerrado. Y hace también sospechosa la tardía elevación a juicio oral por el mismo Canicota Corral, casi huele a un intento para borrar su anterior arbitrariedad.

Sin perjuicio del caso concreto de María Julia Alsogaray ilustra un sistema de “rehenes procesales” que de facto han creado los jueces federales y eso más que impunidad es una injusticia de la que todos podemos llegar a ser víctimas.

 

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