N ° 08/2002
Buenos Aires, julio 26 de 2002.-
"Felicetti"
Señor Director:
"Un subversivo del Movimiento Todos por la Patria (MTP), condenado por asesinato (entre otros, el del soldado Tadeo Tadía, que sólo tenía una escoba en la mano), en la toma del cuartel de La Tablada (1989), a prisión perpetua con accesoria de reclusión por tiempo indeterminado. La más severa.
"De la Rúa conmutó la pena a 25 años de prisión. Nuestra legislación pro delincuencia lo habilita para que, cumplido el 50% de la pena, solicite salidas transitorias-laborales.
"Lo hace. Se la concede el juez Leiva, integrante del Tribunal Oral de San Martín, a cargo de la ejecución de la pena. Hasta acá sólo podríamos cuestionar la legislación, pero es lo que tenemos y se debe cumplir. Pero ya que hablamos de cumplir la ley, veamos lo que pasó.
"Por resolución 523 del 21 de mayo del actual, el decano de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires (UBA), Félix Gustavo Schuster, lo contrata para desempeñarse en la Secretaría de Extensión Universitaria y Bienestar Estudiantil, con sueldo a cargo del presupuesto vigente.
"Reacción de algún medio: "Es una vergüenza, es una barbaridad que a un asesino como éste se lo contrate en una facultad dependiente de la Universidad Nacional y que todos paguemos el sueldo con nuestros impuestos".
"Es cierto, pero además, esta contratación es un delito. Explico: 1°- la prisión o reclusión por más de 3 años conlleva la inhabilitación absoluta, por el tiempo de la condena (artículo 12 del Código Penal); 2°- la inhabilitación absoluta importa la incapacidad para obtener empleos públicos (artículo 19, inciso 3), y 3°- quien realice la designación o nombramiento de quien no cumpliera los requisitos legales para el cargo, será pasible de la pena de inhabilitación de entre 6 meses y 2 años y la misma pena a quien acepte el cargo.
"Conclusión: si fuéramos un país serio y respetuoso de la ley deberíamos bregar para que se cumpla, y por ende, el decano de la Facultad de Filosofía debería, cuando menos, renunciar o ser desplazado de su cargo. Felicetti ser privado del beneficio de las salidas transitorias por haber cometido otro delito y no, como parece decir ahora el juez Leiva, que le revocó el beneficio "por no haber cumplido su palabra de honor", ya que le dijo que trabaja en una empresa constructora, lo que demuestra, además, que ni el juez Leiva ni el fiscal Pedro García tienen idea de que se ha cometido un delito en la designación.
"Esta designación para un empleo público a un subversivo y asesino que atentó contra las instituciones democráticas se da en un país con un índice de desocupación que me releva de cualquier comentario."
Horacio García Belsunce (h.)